Congreso de Veracruz aprueba reforma para designar y remover al titular de la Fiscalía
Reforma constitucional avanza y anticipa relevo en la Fiscalía.
Por Roberto Córdova | Corresponsal
La aprobación de la reforma constitucional en Veracruz modificó el proceso de designación del titular de la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGJEV) y generó un escenario inmediato de salida para Verónica Hernández Giadáns, según la votación registrada en el Congreso local. La decisión contó con 42 sufragios a favor, cinco en contra y ninguna abstención, lo que evidenció un respaldo mayoritario a los cambios propuestos en materia de procuración de justicia. La noche de este martes, las y los legisladores concluyeron la sesión ordinaria con la determinación de enviar la reforma a los 212 cabildos municipales.
La normativa aprobada deberá recibir el respaldo de al menos 107 ayuntamientos, con lo que completaría el porcentaje requerido del 50 por ciento más uno. El documento incorpora modificaciones a la Constitución Política del Estado de Veracruz que buscan actualizar el modelo institucional de la fiscalía. La propuesta original fue presentada por el diputado Diego Castañeda Aburto, integrante del grupo legislativo de Morena, quien expuso los argumentos ante el pleno.
Una segunda iniciativa fue presentada por la diputada Elizabeth Morales García y el diputado Ramón Díaz Ávila, ambos del Partido del Trabajo (PT), con ajustes complementarios al diseño estructural de la fiscalía. Los legisladores argumentaron que las nuevas reglas permitirían transitar hacia un modelo jurídico más funcional. El Congreso integró las propuestas para dictaminar un proyecto unificado.
Nuevo proceso
El documento aprobado estableció que la persona que encabezara la FGJEV debía contar con honorabilidad, experiencia jurídica y conocimientos en procuración de justicia. También se determinó que quien asumiera el cargo debía mostrar capacidad administrativa, dirección institucional y manejo de políticas públicas con enfoque en derechos humanos. El perfil debía incluir atención a víctimas y perspectiva de género.
El nombramiento quedó sujeto a la propuesta realizada por el titular del Poder Ejecutivo estatal, que sería enviada al Congreso local. El órgano legislativo tendría un plazo improrrogable de cinco días hábiles para resolver la designación. Para ser aprobada, la propuesta requeriría el voto de las dos terceras partes de las diputaciones presentes.
Si el Congreso no emitía un pronunciamiento en el plazo señalado, la propuesta sería considerada aprobada de manera automática. En ese supuesto, la persona designada sería llamada de inmediato a rendir protesta de ley. La reforma también contempló un segundo procedimiento en caso de rechazo inicial. –sn–
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