SCJN declara imprescriptible el abuso sexual infantil
Sentencia contra Luis de Llano favorece a Sasha Sokol. Precedente histórico para víctimas.
Por Gabriela Díaz | Reportera
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el abuso sexual infantil no prescribe en la vía civil. La resolución se originó tras negar el amparo solicitado por Luis de Llano Macedo, quien enfrentó una demanda por parte de Sasha Sokol, caso que acompañó la diputada federal Fabiola Alanís.
La decisión validó en definitiva la sentencia civil que responsabilizó al productor por el abuso cometido cuando la cantante era menor. Este fallo sienta jurisprudencia en México y abre la puerta a que otras víctimas accedan a justicia años después.
El caso adquirió relevancia al tratarse de una figura pública y por el impacto que puede tener en la interpretación judicial. La sentencia ordenó una reparación integral que incluye una disculpa pública, medidas de no repetición y compensación económica.
De acuerdo con la resolución, los efectos del abuso sexual en la infancia persisten durante décadas, por lo que el acceso a la justicia no debe limitarse por el paso del tiempo.
Diputada acompañó el proceso
La diputada Fabiola Alanís acompañó a Sasha Sokol durante el litigio y subrayó su relevancia legal y social. Recordó que la violencia sexual infantil representa la segunda forma más frecuente de agresión contra mujeres en México.
Según datos de la ENADID del INEGI, una de cada diez mujeres adultas sufrió abuso sexual durante la niñez. Esto representa más de seis millones de víctimas que, en muchos casos, no denunciaron por miedo o falta de respaldo institucional.
Fabiola Alanís señaló que este fallo permite avanzar en una cruzada nacional contra la violencia sexual infantil. Consideró urgente visibilizar el fenómeno y dotar de herramientas jurídicas a quienes han permanecido en silencio.
La diputada, quien encabezó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), también brindó respaldo a otras víctimas de abuso sexual durante su gestión.
Sanciones contra Luis de Llano
Además de la reparación económica, que Sasha Sokol anunció será destinada a organizaciones de atención a víctimas, la sentencia contempla otras medidas. El productor deberá ofrecer una disculpa pública y abstenerse de hacer declaraciones sobre el caso.
También se le impuso la obligación de tomar un curso especializado en prevención del abuso infantil. Estas medidas buscan no solo resarcir a la víctima, sino establecer pautas claras sobre responsabilidad y prevención.
El fallo de la SCJN deja en claro que las agresiones sexuales cometidas en la infancia no deben quedar impunes. La Corte interpretó que el derecho a la reparación prevalece sobre el paso del tiempo.
La resolución representa un punto de inflexión para miles de personas que vivieron abusos durante la niñez. Con este precedente, podrán acudir ante los tribunales incluso si los hechos ocurrieron hace décadas.
Justicia sin plazo de caducidad
Expertos en derecho y organizaciones defensoras de la niñez calificaron como histórica esta sentencia. Reconocieron que por años el sistema jurídico mexicano desestimó el impacto prolongado del abuso sexual en la infancia.
La figura de la imprescriptibilidad civil permite que las víctimas sean escuchadas sin limitaciones de tiempo. Esta interpretación ya había sido aceptada en otras jurisdicciones del país, pero no contaba con respaldo de la Corte.
La SCJN reconoció el carácter permanente del daño causado por la violencia sexual infantil. La sentencia respondió al interés superior de la niñez, consagrado en tratados internacionales firmados por México.
La decisión también podría influir en reformas legislativas futuras para armonizar la legislación civil con estándares internacionales. Organizaciones civiles anticiparon que buscarán que este fallo se convierta en norma general. –sn–
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