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SCJN debe garantizar derechos de víctimas: ONGs

SCJN analiza declaratoria de inconstitucionalidad y protege presupuesto mínimo. Reforma y derechos vulnerados.


Por José Víctor Rodríguez | Reportero                                                        

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) y Fundar, Centro de Análisis e Investigación, solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantizar el presupuesto mínimo para asistencia a víctimas, explicaron que la reforma a la Ley General de Víctimas (LGV) de noviembre de 2020 violentó derechos previamente conquistados, agregaron que la resolución de la Primera Sala confirmó la afectación de derechos fundamentales, destacaron que miles de víctimas dependen de la asignación etiquetada.

La Suprema Corte discutió un proyecto de declaratoria general de inconstitucionalidad presentado por el Ministro Giovanni Figueroa Mejía, explicaron que la decisión permitiría restablecer un presupuesto fijo y etiquetado para víctimas, indicaron que la resolución tenía el potencial de asegurar protección efectiva de derechos humanos, enfatizaron que se buscaba evitar retrocesos en la atención de víctimas en todo México, aseguraron que la medida respondería a compromisos legales previos.

Garantía presupuestal histórica

Previo a la reforma, el Artículo 132, fracción I, de la LGV contemplaba un presupuesto mínimo del 0.014% del gasto programable del PEF del año anterior, aseguraron que esta disposición protegía la asistencia, atención y reparación de víctimas de violaciones a derechos humanos, agregaron que la eliminación de la asignación obligatoria en 2020 representó una medida regresiva que afectó recursos esenciales para la CEAV y otros organismos de apoyo, subrayaron que fue un logro histórico del movimiento de víctimas.

En este sentido, el Centro Prodh promovió un amparo en enero de 2021 por la medida regresiva, indicaron que la Primera Sala resolvió por unanimidad en marzo de 2024 el Amparo en Revisión 675/2022, declarando que la eliminación de la garantía presupuestaria violaba el principio de progresividad, explicaron que la resolución reafirmó el derecho humano a una reparación integral, aseguraron que el fallo sentó precedente para proteger a las víctimas frente a reformas legislativas que disminuyan recursos asignados.

Plazos y ajustes legales

La Constitución establece que, tras declarar inconstitucionalidad, el Congreso tiene plazo para hacer ajustes legales, indicaron que de no realizarse cambios, la SCJN debe abrir la discusión sobre la declaratoria con efectos generales, explicaron que esto garantizaría que la medida se aplique de manera obligatoria y uniforme, aseguraron que el objetivo era restaurar derechos vulnerados y evitar que la regresividad afecte políticas públicas, subrayaron que la acción busca proteger derechos básicos de miles de víctimas.

La SCJN podría determinar que el mínimo presupuestal debe garantizarse mediante instrumentos legales disponibles, indicaron que el presupuesto debe destinarse exclusivamente a ayuda, atención y reparación, agregaron que esto impediría su uso para otros fines, explicaron que la asignación directa asegura la continuidad de programas esenciales, aseguraron que la resolución tendría efecto vinculante para autoridades federales y locales, resaltaron que la acción protegería la estabilidad presupuestaria de la atención a víctimas.

Impacto económico negativo

La eliminación del presupuesto mínimo redujo la capacidad del Estado para atender víctimas, explicaron que la CEAV dejó de recibir un promedio de 200 millones de pesos por año, indicaron que esto afectó directamente la cobertura de programas de asistencia y reparación integral, subrayaron que la falta de recursos obligó a priorizar casos y limitar apoyos, aseguraron que la recuperación de la asignación mínima es fundamental para garantizar acceso pleno a derechos humanos, destacaron que la brecha presupuestal pone en riesgo medidas de protección esenciales.

El PEF 2025 asignó 658 millones de pesos a “Ayudas Sociales” de la CEAV, señalaron que para cumplir con la garantía mínima se requerían 909 millones, agregaron que el Proyecto de Presupuesto 2026 establece 692 millones, explicaron que la cantidad debería ser al menos 913 millones, aseguraron que estos recursos se destinarían exclusivamente a medidas de asistencia y reparación, destacaron que la diferencia evidencia la regresividad causada por la reforma de 2020, subrayaron que la medida afecta cobertura y calidad de programas.

Decisión crucial de la SCJN

La resolución de la SCJN resultó central para garantizar derechos de víctimas a asistencia, protección, atención, verdad, justicia y reparación integral, indicaron que la violencia creciente aumenta la necesidad de políticas efectivas, agregaron que el Estado no consolidó una política de atención adecuada, explicaron que el Sistema Nacional de Víctimas permanece sin recursos suficientes, aseguraron que la declaratoria general de inconstitucionalidad envía señal clara sobre la prioridad de derechos humanos, destacaron que la corte debía proteger progresividad y legalidad.

La nueva SCJN asumió la obligación de centrar la protección en víctimas, indicaron que la resolución aseguraría la tutela plena de derechos humanos, explicaron que la declaratoria debe prevenir retrocesos, agregaron que la medida vincula al Congreso y a la administración federal, aseguraron que la transparencia en la ejecución del presupuesto será supervisada, subrayaron que la decisión fortalece el marco legal de reparación integral, destacaron que la corte reafirma el principio de progresividad en políticas de atención a víctimas. –sn–

Pleno de la SCJN

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Pleno de la SCJN

Justicia plena para María Luisa Villanueva en Morelos: GIDH

GIDH exige justicia plena para María Luisa Villanueva en Morelos.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El Grupo Integral de Derechos Humanos (GIDH) “Lex Magister” reconoció la disculpa pública ofrecida por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Morelos a María Luisa Villanueva Márquez, víctima de tortura y privación ilegal de la libertad durante más de dos décadas; sin embargo, advirtió que este acto no representa justicia plena mientras no se repare integralmente el daño y se sancione a los responsables.

Su presidente, el doctor en derecho Jesús Rey Fierro Hernández, calificó el caso como “una de las más graves violaciones a derechos humanos en la historia reciente del país”, al recordar que María Luisa fue detenida arbitrariamente, torturada y sentenciada por un delito que no cometió. “No basta una disculpa institucional; el Estado mexicano debe garantizar justicia efectiva y reparación integral del daño, conforme a los estándares internacionales”, enfatizó.

Fierro Hernández, Premio Nacional de Derechos Humanos 2017, recordó que los hechos ocurrieron entre el 6 y el 10 de enero de 1998, cuando elementos del extinto Grupo Antisecuestros de la antigua Policía Judicial de Morelos vulneraron la integridad física y psicológica de la víctima, lo que derivó en una sentencia injusta y una condena de 25 años de prisión.

Procuración de justicia

Para Fierro Hernández, este reconocimiento público es “un acto necesario, pero tardío”, ya que durante más de dos décadas el sistema de procuración de justicia negó el acceso a la verdad. “La disculpa debe ir acompañada de la judicialización de los responsables de los actos de tortura, así como de medidas de reparación integral, entre ellas indemnización, atención psicológica y garantías de no repetición”, subrayó.

El jurista explicó que el derecho internacional obliga al Estado mexicano a investigar, sancionar y reparar las violaciones graves a los derechos humanos. “La tortura no prescribe, y ningún acto administrativo puede sustituir la responsabilidad penal de quienes ejecutaron o encubrieron estos crímenes”, sostuvo.

María Luisa Villanueva

De esta forma, el GIDH “Lex Magister” urgió a la Fiscalía de Morelos a solicitar al Congreso local los recursos necesarios para fortalecer la Fiscalía Especializada en Delitos de Tortura, con el fin de garantizar investigaciones autónomas y efectivas. “Sin un órgano especializado, los casos seguirán en la impunidad”, advirtió Fierro Hernández.

Profesionalización y sensibilización

Asimismo, el presidente del GIDH consideró que este caso debe sentar un precedente para la depuración institucional en las fiscalías estatales. “La profesionalización y sensibilización de los servidores públicos es fundamental, pero debe acompañarse de sanciones ejemplares contra quienes atentan contra la dignidad humana”, afirmó.

María Luisa Villanueva fue liberada en febrero de 2023 por remisión de pena, tras haber pasado 25 años en el Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya. Durante su reclusión, denunció reiteradamente haber sido torturada para firmar una confesión falsa. “Ella no busca venganza, busca justicia”, enfatizó Fierro Hernández.

El GIDH recordó que la disculpa pública no exime la obligación de las autoridades judiciales de reconocer la inocencia de Villanueva Márquez. “La reparación del daño requiere restituir el honor y limpiar su nombre ante la sociedad”, agregó el especialista.

Derecho a la verdad

Por este motivo, Fierro Hernández hizo un llamado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y al alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) para que acompañen el seguimiento de este caso emblemático. “La impunidad no puede prevalecer sobre el derecho a la verdad”, concluyó.

Finalmente, el presidente del GIDH reiteró que el organismo continuará brindando acompañamiento jurídico y visibilidad al caso hasta que se cumpla plenamente con las obligaciones del Estado mexicano en materia de justicia y reparación integral.

De acuerdo con el expediente CDMH/SE/VRSP/061/044/2019, la disculpa institucional fue publicada en el periódico oficial Tierra y Libertad, en cumplimiento de la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM) emitida en julio de 2023. El documento fue suscrito por Jorge Antonio Hernández Narez, titular de la Agencia de Investigación Criminal, quien reconoció la responsabilidad institucional de la entonces Procuraduría. –sn–

Jesús Rey Fierro Hernández

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Jesús Rey Fierro HernándezMaría Luisa Villanueva

Imponen 40 años de prisión a elementos de la Semar por desaparición de joven en 2015

Juez federal dicta sentencia por desaparición en Veracruz. Cinco marinos reciben 40 años de prisión.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

Un juez federal impuso condena histórica por desaparición forzada en “Blindaje Coatzacoalcos”. Ordenó también reparación integral.

La justicia federal sentenció a 40 años de prisión a cinco integrantes de la Secretaría de Marina. La resolución respondió a su participación en la desaparición de Jacob Vicente Jiménez González en 2015. La detención ocurrió durante el operativo Blindaje Coatzacoalcos, implementado hace una década.

El hecho ocurrió el 25 de septiembre de 2015, cuando Jacob circulaba por un retén de seguridad. En el punto de control estuvieron presentes los elementos navales ahora sentenciados. La decisión judicial cerró un proceso que permaneció abierto durante casi diez años.

Belén González Medrano, madre de Jacob, señaló a los cinco marinos como responsables desde los primeros meses. Tras años de exigencias, la justicia le dio la razón. El fallo reconoció la existencia de desaparición forzada y estableció sanción ejemplar.

Condena histórica

Los militares condenados fueron Feliciano «N», Anáhuac «N», Héctor Emanuel «N», Miguel Ángel «N» y Pedro Iván «N». El juez encontró pruebas suficientes que acreditaron su responsabilidad. La sentencia fue calificada como “sin precedente” por la madre del joven.

En palabras de Belén González, el fallo significó un avance crucial para cientos de familias. Afirmó que mantuvo viva la exigencia durante años, sin respaldo oficial. Agradeció a colectivos y abogados por acompañar su lucha.

El juez también ordenó medidas complementarias de reparación integral. Las fuerzas estatales implicadas deberán asumir responsabilidad institucional. Tanto la Policía Naval como la Secretaría de Seguridad Pública de Veracruz fueron citadas.

El reconocimiento institucional forma parte de las garantías de no repetición. Además, las dependencias deberán emitir disculpas públicas. El fallo busca prevenir futuras violaciones a derechos humanos.

Obligaciones del Estado

La sentencia incluyó también atención directa a los familiares de Jacob. El juez instruyó a brindar apoyo psicológico y psiquiátrico inmediato. Dichos servicios deberán otorgarse de forma gratuita y sin demoras.

La atención médica deberá mantenerse durante el periodo que los familiares requieran. Además, el Estado deberá indemnizar por daño material e inmaterial. El resarcimiento cubrirá un periodo inicial de un año.

La decisión fue notificada a la Fiscalía Especializada en Delitos de Desaparición Forzada. La instancia fue requerida para continuar con la búsqueda efectiva de Jacob. A pesar de la condena, el paradero del joven sigue sin esclarecerse.

La Fiscalía deberá reforzar las líneas de investigación abiertas. El fallo impuso un plazo de cumplimiento inmediato. El proceso no se cerrará hasta que se localice a la víctima.

Justicia para Jacob

La familia de Jacob calificó el fallo como un paso en la dirección correcta. Señaló que la condena no devolvió a su ser querido, pero representó alivio. Reconoció el dolor acumulado durante casi una década de impunidad.

El caso evidenció la complicidad institucional en operativos de seguridad. También mostró la importancia de las denuncias persistentes de las familias. El proceso judicial se acompañó de múltiples acciones legales y mediáticas.

Organizaciones civiles exigieron que la sentencia no quede aislada. Llamaron al gobierno federal a revisar operativos similares en todo el país. Argumentaron que casos como el de Jacob no son hechos aislados.

La desaparición forzada representa una de las principales violaciones a derechos humanos en México. Diversos organismos internacionales han emitido recomendaciones al respecto. La justicia mexicana enfrenta presión para responder a estas exigencias. –sn–

Infantes de Marina en vías ferroviarias

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Antisana Media Onlineantisananews
2024-02-27

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Tras dos años de espera la Corte Constitucional del Ecuador llama a audiencia por el . La audiencia está convocada para el 9 de abril.

"Las y los abacaleros sobrevivientes de esperan y ": Furukawa Nunca Más.

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