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CNDH pide reparar daño por caso en hospital del IMSS

CNDH exige reparación y documenta fallas médicas graves. Deficiencias en la atención médica.


Por Martín García | Reportero                                      

En la Recomendación 128/2025, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señaló que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debía reparar el daño y otorgar asistencia psicológica y tanatológica a familiares de una persona adulta mayor que falleció por atención inadecuada en el Hospital General de Zona número 6, en Ciudad Juárez.

La investigación confirma que en mayo de 2024 se presentó una queja ante la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua, la cual fue turnada a la CNDH debido a la presunta negligencia del personal médico. La víctima acudió al área de Urgencias por una herida en un dedo del pie derecho, pero no recibió el tratamiento indispensable para controlar la infección.

El expediente reveló que la persona afectada tenía antecedentes de diabetes y que la falta de intervención oportuna contribuyó a un deterioro acelerado de su estado de salud. La CNDH documentó que el personal omitió aplicar las medidas necesarias para evitar la progresión del cuadro infeccioso. Además, indicó que la atención brindada no cumplió con los estándares mínimos de la protección a la salud.

Recomendación y violaciones acreditadas

El organismo determinó que existieron violaciones a los derechos a la salud, a la vida, al trato digno y a la información. Se estableció que el alta médica del 30 de mayo de 2024 se realizó sin una evaluación clínica completa que permitiera conocer la gravedad del caso. Esa omisión influyó directamente en el deterioro posterior y en el fallecimiento de la persona afectada.

La CNDH indicó que el expediente mostró irregularidades técnicas, administrativas y de seguimiento clínico. El personal del hospital no aplicó protocolos básicos para pacientes diabéticos con infecciones activas. Las omisiones generaron un riesgo que finalmente resultó en la pérdida de la vida.

El organismo señaló que el personal médico incurrió en fallas que contravinieron las obligaciones de atención integral. También aclaró que la ausencia de información oportuna impidió que la familia tomara decisiones informadas sobre la salud de la víctima. La CNDH concluyó que hubo responsabilidad institucional en el proceso.

Medidas obligatorias al IMSS

Por estos hechos, la CNDH ordenó al IMSS reparar el daño a las víctimas indirectas mediante una compensación y asistencia especializada. También instruyó a la institución a colaborar plenamente en la investigación que se inicie para deslindar responsabilidades entre el personal involucrado. El organismo exigió capacitación en derechos humanos y salud para quienes trabajan en los servicios de Urgencias y Cirugía General del Hospital General de Zona número 6.

Asimismo, el instituto deberá implementar medidas que garanticen una atención adecuada y ajustada a la Ley General de Salud. La CNDH pidió reforzar los mecanismos internos de supervisión sobre procedimientos médicos esenciales. Igualmente, solicitó que el hospital incorpore criterios estrictos para evaluar casos de pacientes con enfermedades crónicas.

El documento también requirió acciones administrativas que reduzcan riesgos en la atención clínica. El personal deberá recibir lineamientos claros sobre trato digno, información y actualización médica. La Comisión subrayó que los protocolos deben aplicarse sin excepción en casos de alta vulnerabilidad. –sn–

Hospital del IMSS

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Hospital del IMSS

Justicia plena para María Luisa Villanueva en Morelos: GIDH

GIDH exige justicia plena para María Luisa Villanueva en Morelos.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El Grupo Integral de Derechos Humanos (GIDH) “Lex Magister” reconoció la disculpa pública ofrecida por la Fiscalía General del Estado (FGE) de Morelos a María Luisa Villanueva Márquez, víctima de tortura y privación ilegal de la libertad durante más de dos décadas; sin embargo, advirtió que este acto no representa justicia plena mientras no se repare integralmente el daño y se sancione a los responsables.

Su presidente, el doctor en derecho Jesús Rey Fierro Hernández, calificó el caso como “una de las más graves violaciones a derechos humanos en la historia reciente del país”, al recordar que María Luisa fue detenida arbitrariamente, torturada y sentenciada por un delito que no cometió. “No basta una disculpa institucional; el Estado mexicano debe garantizar justicia efectiva y reparación integral del daño, conforme a los estándares internacionales”, enfatizó.

Fierro Hernández, Premio Nacional de Derechos Humanos 2017, recordó que los hechos ocurrieron entre el 6 y el 10 de enero de 1998, cuando elementos del extinto Grupo Antisecuestros de la antigua Policía Judicial de Morelos vulneraron la integridad física y psicológica de la víctima, lo que derivó en una sentencia injusta y una condena de 25 años de prisión.

Procuración de justicia

Para Fierro Hernández, este reconocimiento público es “un acto necesario, pero tardío”, ya que durante más de dos décadas el sistema de procuración de justicia negó el acceso a la verdad. “La disculpa debe ir acompañada de la judicialización de los responsables de los actos de tortura, así como de medidas de reparación integral, entre ellas indemnización, atención psicológica y garantías de no repetición”, subrayó.

El jurista explicó que el derecho internacional obliga al Estado mexicano a investigar, sancionar y reparar las violaciones graves a los derechos humanos. “La tortura no prescribe, y ningún acto administrativo puede sustituir la responsabilidad penal de quienes ejecutaron o encubrieron estos crímenes”, sostuvo.

María Luisa Villanueva

De esta forma, el GIDH “Lex Magister” urgió a la Fiscalía de Morelos a solicitar al Congreso local los recursos necesarios para fortalecer la Fiscalía Especializada en Delitos de Tortura, con el fin de garantizar investigaciones autónomas y efectivas. “Sin un órgano especializado, los casos seguirán en la impunidad”, advirtió Fierro Hernández.

Profesionalización y sensibilización

Asimismo, el presidente del GIDH consideró que este caso debe sentar un precedente para la depuración institucional en las fiscalías estatales. “La profesionalización y sensibilización de los servidores públicos es fundamental, pero debe acompañarse de sanciones ejemplares contra quienes atentan contra la dignidad humana”, afirmó.

María Luisa Villanueva fue liberada en febrero de 2023 por remisión de pena, tras haber pasado 25 años en el Centro de Reinserción Social de Atlacholoaya. Durante su reclusión, denunció reiteradamente haber sido torturada para firmar una confesión falsa. “Ella no busca venganza, busca justicia”, enfatizó Fierro Hernández.

El GIDH recordó que la disculpa pública no exime la obligación de las autoridades judiciales de reconocer la inocencia de Villanueva Márquez. “La reparación del daño requiere restituir el honor y limpiar su nombre ante la sociedad”, agregó el especialista.

Derecho a la verdad

Por este motivo, Fierro Hernández hizo un llamado a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y al alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) para que acompañen el seguimiento de este caso emblemático. “La impunidad no puede prevalecer sobre el derecho a la verdad”, concluyó.

Finalmente, el presidente del GIDH reiteró que el organismo continuará brindando acompañamiento jurídico y visibilidad al caso hasta que se cumpla plenamente con las obligaciones del Estado mexicano en materia de justicia y reparación integral.

De acuerdo con el expediente CDMH/SE/VRSP/061/044/2019, la disculpa institucional fue publicada en el periódico oficial Tierra y Libertad, en cumplimiento de la recomendación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM) emitida en julio de 2023. El documento fue suscrito por Jorge Antonio Hernández Narez, titular de la Agencia de Investigación Criminal, quien reconoció la responsabilidad institucional de la entonces Procuraduría. –sn–

Jesús Rey Fierro Hernández

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Jesús Rey Fierro HernándezMaría Luisa Villanueva

Sentencian a 17 años de prisión a Juan Daniel Medel Leandra por robo violento de vehículo

La Fiscalía del Estado de México obtuvo sentencia firme por robo con violencia. Sentencia por robo con violencia.


Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) obtuvo una sentencia de 17 años y seis meses de prisión contra Juan Daniel Medel Leandra, tras acreditarse su responsabilidad en el delito de robo de vehículo con violencia ocurrido en el municipio de Nezahualcóyotl.

De acuerdo con las investigaciones, los hechos se registraron el 26 de junio de 2019, cuando el sentenciado y otro individuo solicitaron un viaje a un chofer de taxi, quien los trasladó hacia el municipio mencionado. Durante el trayecto, ambos sujetos sometieron a la víctima con un arma de fuego.

Los agresores obligaron al conductor a cambiar de ruta hacia la colonia Tlaltenco, donde lo hicieron descender del automóvil para despojarlo del vehículo y huir del sitio, dejando al trabajador en situación de vulnerabilidad.

Investigación y captura

Con el avance de las indagatorias, el Agente del Ministerio Público identificó a Juan Daniel Medel Leandra como uno de los responsables del robo. Ante ello, se solicitó al juez la emisión de una orden de aprehensión que fue cumplimentada posteriormente.

El detenido fue puesto a disposición de la autoridad judicial competente, donde se inició el proceso penal correspondiente. Durante las audiencias, la Fiscalía presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que acreditaron su participación en los hechos.

Las evidencias fueron consideradas suficientes por el juez, quien determinó la culpabilidad del acusado y dictó una sentencia condenatoria que incluyó sanciones económicas y reparación del daño.

Pena y reparación del daño

El juez impuso una pena de 17 años y seis meses de prisión, además del pago de una multa de 5 mil 428 pesos. Asimismo, ordenó una indemnización de 3 mil 257 pesos por concepto de reparación de daño moral a la víctima.

La FGJEM informó que esta resolución refuerza su compromiso de combatir los delitos relacionados con el robo de vehículo y garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de violencia.

De igual manera, reiteró que continuará fortaleciendo las acciones de investigación y persecución penal con el objetivo de reducir la incidencia delictiva en el Estado de México. –sn–

Juan Daniel Medel Leandra

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Juan Daniel Medel Leandra

CNDH ordena a Fiscalía de Veracruz aceptar recomendación

La Recomendación 126/2025 exige que la Fiscalía de Veracruz cumpla con la resolución estatal.


Por José Víctor Rodríguez | Reportero                                                        

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) instruyó a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz (FGE) a aceptar la resolución emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Veracruz (CEDH).

La medida derivó de la Recomendación 126/2025, que acreditó deficiencias en las investigaciones sobre el paradero de dos personas desaparecidas. El caso reveló omisiones del Ministerio Público estatal, que impidieron garantizar los derechos a la verdad y a la justicia.

Queja ante la CEDH

En marzo de 2019, dos personas acudieron a la CEDH para presentar una queja en contra de la FGE por irregularidades en la indagatoria.

Tras analizar el expediente, la comisión estatal emitió la Recomendación 062/2024, al comprobar violaciones a derechos fundamentales de las víctimas directas e indirectas. Sin embargo, la Fiscalía de Veracruz se negó a aceptar el instrumento, lo que motivó la intervención del organismo nacional.

Revisión por la CNDH

Las víctimas interpusieron un Recurso de Impugnación ante la CNDH, que asumió competencia y analizó la actuación ministerial.

El organismo concluyó que existieron violaciones a los derechos a la legalidad, seguridad jurídica, acceso a la justicia y derecho de búsqueda. En total, se documentaron afectaciones a cuatro personas directas y catorce indirectas, además de la vulneración al derecho a la verdad.

Retraso en la búsqueda

De acuerdo con la CNDH, el Ministerio Público no ejecutó de forma inmediata las acciones necesarias para localizar a las víctimas.

La denuncia por desaparición fue presentada el 13 de mayo de 2013, pero solo se giraron cuatro oficios en los días siguientes. Otras ocho solicitudes de información se realizaron hasta septiembre y octubre de 2014, generando un retraso injustificado.

Diligencias ineficaces

La CEDH documentó que en la carpeta de investigación se asentó la llamada de un supuesto compañero de una de las víctimas.

El testimonio aportaba datos relevantes sobre la desaparición, pero la autoridad no indagó su contenido. Esta omisión resultó en diligencias inefectivas que obstaculizaron el cumplimiento del deber de búsqueda inmediata.

Incumplimiento de protocolo

El organismo nacional señaló que la Fiscalía de Veracruz incumplió el Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas.

Dicho instrumento exige que las investigaciones ministeriales, periciales y policiales se activen dentro de las 72 horas posteriores a la denuncia. La falta de aplicación del protocolo afectó la eficacia de la indagatoria y vulneró los derechos de las víctimas y sus familias.

Medidas ordenadas por la CNDH

La persona titular de la FGE de Veracruz deberá emitir una circular interna instruyendo la aceptación formal de la Recomendación 062/2024 en un plazo máximo de 15 días hábiles.

Asimismo, se deberá garantizar la reparación integral del daño a las personas afectadas por las omisiones institucionales. De persistir la negativa, la Fiscalía deberá fundar, motivar y hacer pública su postura ante la Legislatura estatal.

Seguimiento y transparencia

La CNDH advirtió que supervisará el cumplimiento de las medidas emitidas y notificará cualquier desacato a las autoridades correspondientes.

El organismo subrayó la importancia de que la Fiscalía de Veracruz asuma su responsabilidad en los casos de desaparición. Con ello, se busca fortalecer la coordinación interinstitucional y garantizar el derecho de las víctimas a la verdad y la justicia. –sn–

Sede de la CNDH

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Sede de la CNDH

Sentencian a Núñez Balladares am55 años por homicidio en Melchor Ocampo

Un hombre recibió condena de 55 años por homicidio; la Fiscalía mexiquense acreditó su responsabilidad.


Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) informó que Vicente Núñez Balladares fue sentenciado a 55 años de prisión por su participación en el delito de homicidio calificado cometido en agravio de un hombre en el municipio de Melchor Ocampo.

El fallo fue emitido por una Autoridad Judicial tras analizar las pruebas presentadas por el Agente del Ministerio Público, quien acreditó de manera contundente la responsabilidad penal del acusado en los hechos registrados en 2013.

Además de la condena privativa de libertad, la sentencia incluyó una multa de 184 mil 566 pesos y la obligación de pagar 141 mil 824 pesos por concepto de reparación del daño material y moral causado a los familiares de la víctima.

También fueron suspendidos los derechos civiles y políticos del sentenciado, como parte de las sanciones complementarias determinadas por el tribunal judicial correspondiente.

Hechos ocurridos en 2013

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía mexiquense, los hechos ocurrieron el 25 de agosto de 2013, cuando la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en la calle Venustiano Carranza, esquina con 16 de Septiembre, en la colonia Revolución, de Melchor Ocampo.

Hasta ese lugar ingresó Vicente Núñez Balladares, quien portaba un arma de fuego, con la cual disparó en repetidas ocasiones contra el hombre, provocándole la muerte antes de huir del sitio.

Vecinos alertaron a las autoridades locales, lo que permitió el arribo de elementos de seguridad y peritos de la Fiscalía estatal para iniciar las diligencias de ley correspondientes en la escena del crimen.

Con base en las pruebas recabadas y el análisis pericial, la autoridad ministerial logró establecer la identidad del agresor, así como su probable ubicación dentro del territorio mexiquense.

Investigación y detención

Tras obtener la orden de aprehensión, personal de la Policía de Investigación (PDI) de la Fiscalía mexiquense desplegó un operativo en el municipio, donde se logró la captura de Vicente Núñez Balladares, quien fue presentado ante el Ministerio Público.

Durante la integración de la carpeta de investigación, se reunieron elementos de prueba balística, testimoniales y de análisis forense que reforzaron la acusación en su contra.

El imputado fue vinculado a proceso penal y, posteriormente, recluido en un centro penitenciario estatal mientras se desarrollaban las audiencias correspondientes y se valoraban las pruebas.

Una vez concluido el juicio, el tribunal determinó la sentencia definitiva de 55 años de prisión, al considerar plenamente demostrada la responsabilidad del acusado en la comisión del homicidio calificado. –sn–

Vicente Núñez Balladares

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Vicente Núñez Balladares

Emilio Álvarez Icaza critica disculpas de Garduño y el INM

La FGR registró críticas al excomisionado Francisco Garduño y exigencias de justicia por tragedia migrante.


Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

El ex senador Emilio Álvarez Icaza Longoria utilizó sus redes sociales para cuestionar al ex comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Francisco Garduño Yáñez, a quien acusó de recibir protección del gobierno de Morena tras la muerte de cuarenta migrantes en Ciudad Juárez en 2023.

Esto se relacionó con las disculpas públicas que Garduño ofrecería el próximo viernes 26 de septiembre a los familiares de las víctimas fallecidas y a los 27 sobrevivientes del incendio en la estancia migratoria, acto programado en el Museo de la ciudad de México.

https://twitter.com/EmilioAlvarezI/status/1971019598330773971

El ex legislador precisó que el exfuncionario pediría perdón en la Cdmx, pero no había enfrentado procesos judiciales vinculados al caso, lo que generó reclamos sobre impunidad en torno a la tragedia.

Según Álvarez Icaza, el funcionario evitó sanciones mediante presiones, condicionando la reparación del daño a cambio de evitar sanciones más severas en tribunales.

Un acto de memoria

“No se podía limpiar un crimen de Estado con un acto público”, sostuvo Álvarez Icaza, reiterando que el acceso a la verdad y la justicia para los familiares de los fallecidos seguía siendo una deuda pendiente.

La organización Derechos Humanos Integrales en Acción (DHIA) publicó un pronunciamiento en el que aseguró que la disculpa pública representaba un paso simbólico en materia de reparación, pero no constituía el cierre del caso.

La asociación convocó a una movilización pacífica y civil el viernes 26 de septiembre en Ciudad Juárez, con el fin de acompañar a los familiares de las víctimas y mantener la exigencia de sanciones contra responsables directos e indirectos.

El comunicado subrayó que la concentración buscaba mantener viva la memoria de las 40 víctimas de la tragedia ocurrida el 27 de marzo de 2023, considerada una de las peores crisis migratorias en instalaciones federales.

Qué pasó en Ciudad Juárez

De acuerdo con los reportes, el 27 de marzo de 2023 autoridades locales y el INM realizaron un operativo para retirar a migrantes de la vía pública, quienes fueron trasladados a la estación migratoria de Ciudad Juárez.

Durante esa noche, algunos internos iniciaron una protesta prendiendo fuego a colchones dentro del inmueble, lo que originó un incendio de grandes proporciones y ocasionó la muerte de 40 personas, además de 27 heridos.

La mayoría de las víctimas falleció por inhalación de humo, mientras que la ayuda de bomberos y cuerpos de emergencia llegó con retraso, situación que agravó la magnitud del desastre en la frontera norte.

Los informes oficiales establecieron que la saturación de albergues en la región fronteriza incrementó la vulnerabilidad de los migrantes, quienes fueron concentrados en la estación migratoria bajo custodia federal.

Proceso judicial pendiente

El entonces titular del INM, Francisco Garduño, fue vinculado a proceso por ejercicio indebido del servicio público, tras ser acusado de no supervisar adecuadamente las instalaciones ni al personal bajo su cargo.

Las investigaciones de la Fiscalía General de la República (FGR) revelaron omisiones administrativas en el manejo de los centros de detención migratoria, consideradas factores determinantes en la tragedia.

Sin embargo, el exfuncionario permaneció en libertad durante el desarrollo del juicio, lo que generó reclamos por un presunto trato privilegiado y la ausencia de sanciones proporcionales a la gravedad del caso.

Organizaciones de derechos humanos y familiares de las víctimas reiteraron que el acto público de disculpa no suplía la necesidad de un proceso judicial transparente ni la exigencia de reparación integral del daño. –sn–

Emilio Álvarez Icaza

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Emilio Álvarez Icaza

Condenan a 47 años a homicidas en Nicolás Romero, edomex

Cuatro responsables reciben sentencia por crimen en Loma del Río Sentencia por homicidio calificado.

Por Mireya Estrada | Corresponsal                                                

José Eduardo González Vega, Omar Rojas Salinas, José Alfredo Hernández Pérez y Anayeli Rojas Salinas fueron sentenciados a 47 años y 6 meses de prisión por el delito de homicidio calificado en agravio de un hombre, crimen cometido en la región de Tlalnepantla, estado de México. El fallo fue emitido por un Órgano Jurisdiccional, luego de que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) acreditó plenamente su responsabilidad mediante pruebas aportadas por el Ministerio Público.

Además de la condena carcelaria, el juez impuso una multa de 187 mil 574 pesos y fijó un monto por concepto de reparación del daño por 227 mil 190 pesos. La autoridad judicial también determinó la suspensión de sus derechos civiles y políticos como parte de la sanción dictada.

Crimen en Loma del Río

El homicidio ocurrió el 29 de diciembre de 2023 en la calle Tórtolas de la colonia Loma del Río, donde los ahora sentenciados privaron de la vida a la víctima mediante disparos de arma de fuego. Las investigaciones revelaron que ese día se llevó a cabo una reunión entre el hoy occiso y los cuatro involucrados, donde se originó una discusión por la presunta posesión de terrenos ubicados en esa demarcación.

Durante la confrontación, los agresores realizaron varias detonaciones con arma de fuego que provocaron la muerte del hombre en el lugar de los hechos. Los testigos y los primeros informes periciales permitieron identificar a los responsables, quienes fueron detenidos posteriormente por elementos ministeriales.

Proceso judicial concluido

La Fiscalía del Estado de México integró una carpeta de investigación en la que reunió testimonios, análisis balísticos y elementos de prueba pericial que permitieron imputar legalmente a los cuatro implicados. Con la evidencia aportada al expediente, el Ministerio Público obtuvo la orden de aprehensión correspondiente, la cual fue ejecutada por agentes de la policía investigadora.

Tras su captura, los detenidos fueron ingresados al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Tlalnepantla, donde permanecieron bajo proceso. Durante el juicio, la representación social presentó pruebas contundentes que llevaron al Tribunal a dictar la condena por homicidio calificado.

Daño reparado y sanción económica

En audiencia final, el juez determinó como parte del fallo que los sentenciados deberán cubrir una indemnización por concepto de daño moral y material, ascendiente a más de 227 mil pesos. También se estableció la pérdida de sus derechos civiles y políticos durante el tiempo que dure la condena y mientras no cumplan con sus obligaciones legales.

La fiscalía mexiquense reiteró su compromiso de llevar ante la justicia a los responsables de hechos delictivos que vulneren la integridad y la vida de los ciudadanos. La institución exhortó a la ciudadanía a denunciar cualquier acto ilícito y aseguró que continuará trabajando para garantizar justicia. –sn–

Sentenciado

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Sentenciado

CNDH emite recomendación al IMSS por negligencia y muerte de recien nacida

La CNDH acreditó violencia obstétrica en el HGR1 de Culiacán y la muerte de una recién nacida. El caso derivó en la Recomendación 79/2025 contra el IMSS por atención médica deficiente. El organismo nacional exigió reparación del daño, atención psicológica y garantías de no repetición.

Por Gabriela Díaz | Reportera                                                       

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos responsabilizó al Instituto Mexicano del Seguro Social por omisiones. El caso ocurrió en el Hospital General Regional No. 1 ubicado en Culiacán, Sinaloa, durante 2022. Se comprobó la falta de atención obstétrica adecuada que derivó en consecuencias trágicas para la paciente.

Además, se documentaron violaciones al derecho a la salud, vida y protección de la niñez. La queja formal fue presentada ante la CNDH el 19 de julio de 2022 por los familiares de la afectada. En ella se informó que una mujer embarazada a término no fue valorada oportunamente por el personal médico.

Durante el proceso de parto surgieron complicaciones que no fueron atendidas de forma inmediata. Esta omisión derivó en el fallecimiento de su hija recién nacida, hecho que fue plenamente comprobado. Tras recibir la queja, el organismo defensor inició una investigación clínica y administrativa.

Atención médica inadecuada

La indagatoria confirmó que el personal médico no brindó atención oportuna ni profesional. El informe técnico señaló fallas en la valoración, comunicación y asistencia durante el parto. También identificó negligencia en el acompañamiento psicológico a la paciente y su familia.

Todo ello constituyó una grave violación a los derechos humanos de la víctima y de su hija. La CNDH concluyó que la atención al binomio madre-hija fue insuficiente y sin protocolos adecuados. Se incumplieron los estándares en la atención materna, neonatal y de información médica.

El organismo advirtió que el caso refleja deficiencias estructurales del sistema de salud pública. Por ello recomendó adoptar medidas correctivas en todos los hospitales del IMSS a nivel nacional. Señaló que la falta de capacitación médica y administrativa sigue poniendo vidas en riesgo.

Reparación integral del daño

La Recomendación 79/2025 pide al IMSS proporcionar atención psicológica o tanatológica adecuada. También solicita la reparación integral del daño y garantías de no repetición de los hechos. Las medidas incluyen colaborar en procedimientos internos y administrativos contra responsables.

Asimismo, se exige evaluar las responsabilidades conforme al marco institucional vigente. El informe recomienda sancionar al personal que incurrió en omisiones durante la atención. También sugiere rediseñar protocolos hospitalarios para atender con eficiencia urgencias obstétricas.

El organismo solicitó difundir los derechos de las pacientes y la importancia del consentimiento informado. Esta acción debe incluir a personal médico, administrativo y de enfermería de todo el sistema. Las mujeres tienen derecho a recibir información clara y oportuna sobre sus tratamientos.

Capacitación con perspectiva de género

El documento establece que los hospitales deben capacitarse en derechos humanos y perspectiva de género. El personal de salud debe saber atender partos sin violencia, discriminación o malas prácticas. Estas capacitaciones deben impartirse con regularidad y aplicarse en todos los turnos médicos.

Además, la CNDH recomendó crear mecanismos para detectar negligencia desde los primeros síntomas. El uso de expedientes clínicos, bitácoras de atención y registros de urgencias será obligatorio. De igual forma, deben evaluarse los tiempos de respuesta en partos de alto riesgo.

También se sugirió el diseño de auditorías internas para garantizar atención integral en obstetricia. Estas auditorías servirán para prevenir abusos y garantizar el respeto a la dignidad humana. La protección del interés superior de la niñez fue otro punto señalado en la Recomendación.

Consulta pública del informe

La Recomendación 79/2025 ya fue notificada formalmente al IMSS, según lo estableció la CNDH. El documento se encuentra disponible en la página oficial del organismo: www.cndh.org.mx. En dicho informe se detalla la evidencia que sustenta las violaciones acreditadas.

Además, se enumeran los lineamientos y compromisos requeridos por parte del IMSS. El organismo espera que estas acciones se ejecuten de forma inmediata y con estricto seguimiento. También ofreció acompañamiento para garantizar que se respeten los derechos de los usuarios del sistema.

Finalmente, la CNDH reiteró que el caso será vigilado mediante informes periódicos y visitas in situ. Las instancias responsables deberán informar sobre las acciones emprendidas en un plazo definido. En caso de incumplimiento, el caso podrá escalarse ante instancias judiciales o internacionales.

Llamado a prevenir abusos

La CNDH exhortó a las instituciones públicas de salud a prevenir la violencia obstétrica. Pidió implementar controles internos para evitar negligencias en los servicios médicos. Señaló que es urgente reforzar la vigilancia sobre el trato a mujeres embarazadas y neonatos.

También se solicitó crear entornos hospitalarios seguros, humanos y libres de discriminación. El acceso a la salud debe garantizarse con equidad y con base en estándares internacionales. En ese contexto, se propuso una revisión del marco normativo interno del IMSS.

El organismo recordó que las instituciones públicas tienen la obligación de garantizar el derecho a la vida. También señaló que ningún caso de muerte neonatal puede justificarse por fallas administrativas. La CNDH advirtió que seguirá documentando y combatiendo los abusos en salud materna. –sn–

Qirófano IMSS

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