Diputados aprueban reformas contra lavado de dinero
La Cámara aprobó cambios legales para identificar beneficiarios y operaciones con recursos ilícitos en México
Por Gabriela Díaz | Reportera
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el artículo 400 Bis del Código Penal Federal. Durante la votación en lo general se emitieron 297 votos a favor, 37 en contra y 87 abstenciones; en lo particular fueron 349 votos a favor, 38 en contra y 91 abstenciones. La minuta pasó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, luego de considerarse como de resolución urgente.
El proyecto tuvo como propósito fortalecer las herramientas de investigación y persecución de delitos financieros complejos. La reforma incorporó conceptos clave como Beneficiario Controlador, Cliente o Usuario, Persona Políticamente Expuesta, Riesgo y Representante Encargado de Cumplimiento. También amplió la denominación de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros de la Fiscalía General de la República.
Nuevas definiciones legales
Se entenderá como Beneficiario Controlador a quien tenga el control de una persona moral, aunque no sea cliente directo de una actividad vulnerable. Cliente o Usuario incluirá a personas físicas, morales y fideicomisos que realicen operaciones con entidades sujetas a control. El Riesgo será la probabilidad de que las Actividades Vulnerables sean utilizadas para operaciones con recursos ilícitos.
La Persona Políticamente Expuesta será quien desempeñe o haya desempeñado funciones públicas, así como sus personas relacionadas. Estas definiciones permitirán mayor precisión en el análisis de actividades sospechosas. La SHCP deberá establecer los requisitos de registro de quienes realizan actividades vulnerables, a través del sistema electrónico que determine el reglamento.
Obligaciones para Hacienda
La SHCP coordinará funciones con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y con la Guardia Nacional. También deberá fijar medidas específicas si identifica que un país representa mayor riesgo financiero. Tales medidas serán proporcionales, obligatorias y se emitirán mediante reglas de carácter general. Además, la ley promueve la creación de unidades estatales para analizar información patrimonial.
Estas unidades deberán contribuir a la prevención de delitos y al seguimiento de estructuras delictivas. La SHCP fungirá como enlace con gobiernos y organismos internacionales. Esto incluirá la coordinación de acuerdos internacionales relacionados con el objeto de esta ley. También establecerá avisos obligatorios ante operaciones con ciertos montos y características específicas.
Avisos obligatorios por operaciones
Será obligatorio avisar cuando las operaciones superen 210 veces el valor diario de la UMA. También cuando las contraprestaciones sean iguales o mayores a 4 UMAs. Las entidades deberán registrar información sobre activos virtuales, incluyendo datos del originante, receptor y beneficiario controlador. Toda la información quedará a disposición de las autoridades competentes.
Las dependencias involucradas establecerán programas de capacitación para su personal. La SHCP, la Fiscalía, la Secretaría de Seguridad y la Guardia Nacional serán responsables de estos programas. Se capacitará en prevención, detección y combate a delitos con estructuras financieras. El objetivo será evitar el uso de recursos para financiar organizaciones delictivas.
Cooperación institucional y transparencia
Las dependencias federales, estatales y municipales deberán proporcionar a la SHCP información, documentos e imágenes. Esto incluye a organismos constitucionales autónomos y empresas públicas. Los partidos políticos deberán entregar información mediante el INE o los órganos locales. Los sindicatos estarán obligados a proporcionar datos a través de la Secretaría del Trabajo.
Respecto al Código Penal, el Ministerio Público podrá investigar delitos que involucren instituciones financieras. La acción penal requerirá denuncia formal de la SHCP. Esta tendrá el carácter de víctima u ofendida, lo que le permitirá dar seguimiento procesal. El objetivo es agilizar la aplicación de justicia en delitos con impacto financiero.
Capacitación para el cumplimiento legal
Durante los primeros seis meses, la UIF y el SAT implementarán un programa de capacitación. Este programa estará dirigido a asociaciones y sociedades sin fines de lucro. Servirá para cumplir correctamente las fracciones VII a XI del artículo 18. La entrada en vigor se contará desde la publicación de las reglas generales.
El acompañamiento técnico buscará garantizar la aplicación adecuada de las nuevas disposiciones. La SHCP será la encargada de emitir las reglas de operación. También coordinará con los estados la implementación homogénea de las medidas. La meta será reducir riesgos y elevar el cumplimiento del marco normativo nacional. –sn–
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